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Nominación parlamentaria de autoridades del Estado. El bloqueo, el veto y la «cesta institucional»

Bibliographic Data

ID21480732
AuthorsLaura Baamonde Gómez (0000-0002-4152-4252, Universidad Carlos III de Madrid, corresponding author)
Year2022
Issue113
Pages71-93
Publication date2022-03-25
Open AccessYes
TypeARTICLE
VenueRevista de Derecho Político (JOURNAL)
Journal identifiersISSN: 0211-979X • E-ISSN: 2174-5625
PublisherUNED - Universidad Nacional de Educacion a Distancia (PUBLISHER)
DOI10.5944/rdp.113.2022.33564
OpenAlexW4225255927
LanguageES

La función parlamentaria de designación de autoridades del Estado (magistrados constitucionales, vocales del Consejo General del Poder Judicial, consejeros del Tribunal de Cuentas o el Defensor del Pueblo), más allá de su concreta categorización, tiene como razón de ser el dotar de legitimidad democrática de origen a los órganos afectados. La atribución a las Cámaras parlamentarias de una tarea de tal responsabilidad se ha acompañado de cautelas tendentes a garantizar el consenso en la elección y la neutralización partidista de los candidatos nominados, a través de la previsión de mayorías reforzadas y el establecimiento de requisitos de competencia técnica para el acceso al cargo. Sin embargo, a pesar de las buenas intenciones del diseño orgánico-institucional, la aplicación práctica de las normas que disciplinan la elección parlamentaria por parte de las principales fuerzas políticas, decididas a «controlar» en lo posible la composición resultante, ha devenido en una serie de fenómenos perversos dignos de ser analizados en perspectiva crítica: el reparto de cuotas, los prolongados retrasos por las actitudes de bloqueo, la formulación de vetos o la acumulación de renovaciones diversas en una «cesta institucional» abusando de la prorogatio. Frente a esta deriva, se presenta una línea de solución del problema a través, principalmente, de la modificación de los aspectos temporales del mandato. Apostando por los mandatos temporales prolongados (alejados de la lógica de las legislaturas), dándoles prioridad frente a los mandatos institucionales en caso de antinomia, y, en definitiva, avanzando en modelos de renovación parcial y escalonada, que eviten la acumulación de puestos a cubrir, obligando al consenso genuino ante la imposibilidad de aplicar la lógica del reparto. Un fraccionamiento de las renovaciones que permitiría plantease la derogación de la prórroga de funciones, al desaparecer el riesgo de paralización total de la actividad del órgano, y desincentivando con ello las conductas estratégicas en el manejo de los tiempos para la manipulación consciente del equilibrio de mayorías. Todo ello bajo una premisa: el rechazo frontal a que la lógica de la confrontación política y el incumplimiento de los mandatos constitucionales de provisión de vacantes se imponga en futuras reformas del diseño orgánico-institucional aplicable a algunas de las más altas autoridades del Estado

Humanities · Political science · Administrative Law and Governance · Comparative constitutional jurisprudence studies · Legal processes and jurisprudence · Philosophy

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